Inmigración basada en el matrimonio

Traiga a su ser querido a los EE. UU. para vivir juntos el sueño americano
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Abogado de inmigración basado en el matrimonio en Miami, Florida

¿Puedo llevar a mi prometido a los Estados Unidos?

Entonces, te has enamorado de alguien que no es ciudadano de los Estados Unidos y ahora planeas casarte. Si ha decidido comenzar su vida juntos aquí en los EE. UU., puede traer a su ser querido aquí con una visa de prometido (K-1). Si ya está casado, su cónyuge puede usar el programa de inmigración basado en la familia de USCIS (enlace a la página de visa basada en la familia) para solicitar una visa y, eventualmente, la residencia permanente (tarjeta verde). Después de que su prometido diga que sí, la siguiente llamada que debe hacer (después de llamar a su familia) debe ser a un abogado de inmigración. Si bien el proceso es bastante fácil, es largo y requiere ciertos pasos que su prometido extranjero no puede eludir. Nuestros abogados de inmigración pueden ayudar. Póngase en contacto con nuestro equipo hoy.

Comuníquese con Gurian Group , P.A. para programar una consulta con un abogado hoy llamándo al 786-855-6189

¿Con qué nos puede ayudar un abogado de inmigración?

Si bien puede solicitar una visa K-1 sin un abogado, generalmente lleva mucho más tiempo ya que hay muchos detalles que finalizar. Usted y su prometido deben cumplir todos los requisitos al pie de la letra de la ley. Hace que el proceso sea menos estresante (y generalmente más rápido) si tiene un abogado de inmigración experimentado que lo asesore en cada detalle para que pueda concentrarse en sus planes de boda. Asegurarse de que su petición de visa de prometido tenga toda la documentación y esté redactada correctamente puede marcar la diferencia entre la aprobación y el tiempo de espera adicional. Evite errores costosos que le hacen perder tiempo y dinero. Reserve su consulta K-1 con uno de nuestros abogados de inmigración hoy.

¿Qué sucede durante el proceso de solicitud de visa de prometido?

Primero, deberá presentar su petición. Junto con esa petición, deberá presentar otro formulario, la Declaración jurada de apoyo (Formulario I-864). Su abogado le ayudará a darse cuenta de la tremenda responsabilidad que asume al firmar este documento. Incluso el divorcio no puede eximirlo de su responsabilidad de brindar apoyo financiero a su cónyuge, al menos hasta que se convierta en ciudadano o haya completado 40 trimestres de trabajo. Luego, una vez que el USCIS apruebe su petición, su prometido debe ir a un consulado o embajada de los EE. UU. en su país de origen para obtener su visa. Dependiendo de las circunstancias, es posible que deban cumplir con ciertos requisitos de salud para obtener su visa. Una vez que llegue su prometido, debe casarse dentro de los 90 días sin excepción. Se necesita mucha coordinación, por lo que es útil tener un abogado con experiencia de su lado. Nuestros abogados de inmigración pueden ayudarlo a facilitar su camino hacia el altar y su camino hacia una tarjeta verde después.

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